El atraco del siglo

Hace poco más de un año, la Unión Europea aprobaba el Reglamento sobre Inteligencia Artificial con entrada en vigor este 2 de agosto. Pero, a día de hoy, la manera cómo este reglamento se ha implementado por parte de la Comisión Europea es un claro síntoma de la incierta situación geopolítica y, en particular, de las enormes presiones a las que está sometida Europa por parte de unas pocas empresas globales y los países que las respaldan.

Debería preocuparnos como vamos normalizando poco a poco la ley del más fuerte.

Vemos perplejos cada día los embates que recibe nuestro sistema institucional y jurídico que creíamos tan bien cimentado sobre leyes fruto del consenso multilateral y principios compartidos, como el “fair-play” y la lucha contra el abuso de posición de dominio en el caso de la regulación de los mercados. Experimentamos en nosotros mismos el incómodo efecto de que, lo que hace unos meses nos parecía simplemente inaceptable hoy lo asumimos con la cabeza baja.

Hace poco más de un año, la Unión Europea aprobaba el Reglamento sobre Inteligencia Artificial, con entrada en vigor este 2 de agosto. Una norma pionera en el mundo que buscaba el equilibrio entre el estímulo a la innovación y el respeto a los derechos individuales más fundamentales, a través de garantizar la transparencia y la seguridad jurídica. Ese equilibrio se alcanzó gracias a intensas negociaciones, bajo Presidencia española de la UE por cierto. Europa celebró ese gran paso que además marcaba el camino a seguir al resto del mundo, ofreciendo un marco ético de desarrollo tecnológico.

Hoy, la situación geopolítica para Europa y para el resto del mundo es lamentablemente mucho más incierta que hace un año y la inteligencia artificial y la tecnología en general no se quedan fuera de este contexto. Todo lo contrario, están en el epicentro de una batalla que a veces parece salida de una historia de Marvel, con sus super villanos incluidos.

Confío en que Europa pueda mantener el rumbo y que de esta complicada situación política y comercial a nivel global salgamos más unidos y convencidos de lo necesario del proyecto europeo.

Pero, a día de hoy, la manera cómo el Reglamento de la IA se ha implementado por parte de la Comisión Europea es un claro síntoma de esta situación y, en particular, de las enormes presiones a las que está sometida Europa por parte de unas pocas empresas globales – y los países que las respaldan – que anhelan su mercado pero desprecian cada vez más abiertamente las reglas del mismo.

Entrando en materia, el Reglamento europeo de la IA incluye en su artículo 53 la  obligación para los proveedores de modelos de IA de uso general que quieran acceder al mercado de la Unión de respetar el marco legal europeo en materia de derechos de autor, con independencia del lugar en el que el entrenamiento de dichos modelos con obras sujetas a protección legal se haya llevado a cabo (es decir, aunque el entrenamiento de los modelos se haya producido, por ejemplo, en China o en Estados Unidos). Ese mismo artículo del Reglamento también obliga a los proveedores de modelos de IA de uso general a elaborar y poner a disposición del público un resumen suficientemente detallado del contenido utilizado para sus entrenamientos, a través de un modelo facilitado por la Oficina de la IA para garantizar la transparencia.

El proceso de elaboración de los instrumentos para la implementación del Reglamento de la IA ha durado un año, finalizando en julio de 2025 con tres piezas fundamentales: el Código de buenas prácticas de la IA de uso general; la “Plantilla” para que los proveedores de modelos de IA de uso general resuman los datos utilizados para entrenar sus modelos y las Directrices sobre el alcance de las obligaciones de los proveedores de modelos de IA de uso general.

Los autores y demás titulares de derechos de autor europeos han participado constructiva y activamente en todos los grupos de trabajo y reuniones de todo tipo convocadas por la Comisión Europea, desde agosto de 2024 hasta hace escasas semanas. A pesar de ello, la sensación que se tiene, y así ha quedado plasmado en un reciente manifiesto, es de completa frustración por la desconsideración prácticamente absoluta de las peticiones más básicas planteadas, que podríamos sintetizar en tres conceptos: transparencia, consentimiento, remuneración.

La transparencia pasa por exigir a las empresas de IA generativa poder conocer con qué contenidos entrenan sus modelos. Algo razonable y necesario entre otras cosas, para luchar contra las noticias falsas. Una obligación de mostrar sólo el 10% de las fuentes utilizadas como se ha planteado finalmente, resulta obscenamente insuficiente. La justificación ante esta opacidad ha sido, constantemente, el secreto empresarial. Desde el sector cultural también planteamos una solución a esto, proponiendo la creación de un “nivel intermedio” de acceso a los datos para los titulares de derechos en el entendimiento de que un grado de interlocución mayor basado en la buena fe que debe de regir como principio entre socios comerciales (que es, al fin y al cabo, lo que la industria tecnológica y la industria cultural son) tenía todo el sentido. Pero nuestra propuesta fue rechazada.

El consentimiento es la base de toda relación humana, o debería serlo, también en el plano comercial por supuesto. En los últimos años, las empresas de IA Generativa han entrenado todos sus modelos sobre la base de los millones de contenidos que pueden encontrarse en Internet. En el caso de las obras artísticas y creativas protegidas por derechos de autor, lo han hecho sin solicitar la autorización de sus legítimos titulares: escritores, músicos, autores audiovisuales y visuales o de animación, por citar algunos, así como de todo el sector que está detrás de ellos: editores, productores, agentes, distribuidores, etc. Las empresas de IA Generativa lo han hecho aprovechándose de una legislación confusa en el marco de la UE (y en otros casos ante una ausencia total de legislación). El Reglamento de la IA venía precisamente a aportar claridad en este punto y recordar que el derecho – de autor en este caso- debe de respetarse también en el plano de la inteligencia artificial, como en todos los demás. En el caso de las sociedades de autores europeas, todos los intentos llevados a cabo para poder sentarse a negociar licencias con desarrolladores de herramientas de IA generativa – usuarios de sus repertorios al fin y al cabo- han sido completamente estériles. O bien no recibían respuesta o bien la respuesta era que no se habían utilizado sus obras y que, de lo contrario, correspondía a los titulares de derechos demostrarlo. Pero ¿cómo hacerlo si estas empresas no comparten información alguna sobre cómo y con qué se han entrenado los modelos? Volvemos aquí al punto de la transparencia.

Remuneración. Si vas a un supermercado y eliges llevarte todas las reservas de agua, o una sola botella, debes de pagar el precio acordado. Así está concebida nuestra sociedad de mercado. Bueno, pues en el mercado de la IA ocurre – o debería de ocurrir – lo mismo. Si una empresa quiere desarrollar un modelo de negocio basado en el trabajo de terceros, por ejemplo, músicos, debe de pedirles su autorización lo primero y a continuación remunerarles por dicho trabajo. Es un principio básico de nuestra sociedad que parece mentira que haya que explicar. Pero así es. Desde los primeros borradores del Código de buenas prácticas que se fueron conociendo, el sector cultural solicitó a la Comisión Europea que impulsase la firma de acuerdos de licencias como la mejor vía para asegurar la equidad, evitar la litigiosidad, aportar seguridad jurídica y permitir el desarrollo de un mercado de IA Generativa en la UE dinámico, innovador y de la mayor calidad en cuanto a los datos utilizados para el entrenamiento. Esto también resultó sorprendentemente imposible de conseguir.

La cultura es un pilar de toda sociedad. En el caso de Europa, es su seña de identidad más brillante. Pero es que, además el sector cultural y creativo en Europa genera empleo como pocos otros y contribuye a la economía de la Unión en porcentajes mayores que la industria farmacéutica, la del automóvil o la tecnológica (17 millones de empleos en toda la UE y en torno a un 7% del PIB, según datos de EUIPO). Todo ello debería de ser suficiente argumento como para haber sido escuchando con mayor consideración.

Por último, el sector cultural no constituye un freno a la innovación (otro mantra manoseado hasta la saciedad), todo lo contrario. Por favor, no caigamos en esa trampa. Mejor recordemos que creatividad e innovación, cultura y tecnología son dos caras de una misma moneda. Ligadas desde que el ser humano existe, desde los primeros testimonios que tenemos en las cuevas prehistóricas. Aquello era tecnología y era arte a la vez. Sin una no podía existir la otra. No confrontemos ambos sectores, ambas visiones, ambas capacidades humanas extraordinarias de trascender, porque estaremos condenándonos a un futuro oscuro y una sociedad mucho más fracturada, en todos los sentidos: político, social, económico y de conocimiento. El modelo europeo, único y genuino que debemos buscar y proteger está precisamente ahí, tomemos de una vez conciencia de ello.

Adriana Moscoso del Prado Hernández es Directora General de GESAC (Grupo Europeo de Sociedades de Autores y Compositores).

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